La Justicia resolvió que los diputados y senadores que quieran visitar a CFK deberán tener autorización judicial

Publicado el 26 de junio de 2025, 13:43

Los legisladores habían dicho que iban a ir al departamento cuando quisieran por su rol. La defensa de la ex presidenta pidió que se aclare esa situación y el tribunal hoy contestó

El Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py resolvió hoy que los diputados y senadores nacionales que quieran visitar a la ex presidenta Cristina Kirchner en su prisión domiciliaria deben autorización judicial para poder hacerlo.

La respuesta es ante una presentación que legisladores nacionales de Unión por la Patria hicieron ayer ante el tribunal en la que señalaron que irían al departamento de San José 1.111 cuando quisieran.

“Dentro de nuestras facultades institucionales, venimos a informar a V.E. que concurriremos, de manera conjunta o alternada en cada oportunidad que consideremos necesaria, al domicilio donde se encuentra cumpliendo detención la Dra. Cristina Fernández de Kirchner, en tanto dicha situación reviste relevancia institucional, política y democrática para el espacio político al que pertenecemos y para la vida institucional del país”, señalaron los legisladores en su nota.

Junto con esa presentación, los abogados de la ex presidenta, Alberto Beraldi y Ary Llernovoy, le pidieron al tribunal que aclare cuál es el criterio que se iba a establecer para las visitas de diputados y senadores nacionales ya que por su rol tienen fueros e inmunidades parlamentarias.

El tribunal rechazó el planteo por “manifiestamente impertinente”. El juez Jorge Gorini recordó que cuando se le otorgó la prisión domiciliaria a Cristina Kirchner se le impuso un régimen de visitas. Concretamente que debía presentar un listado con sus familiares, abogados, médicos y custodios que iban a poder ingresar al domicilio sin autorización judicial. Ese listado fue entregado esta semana. Y que para otra persona, la defensa debía pedir una autorización.

“Se advierte que los solicitantes pretenden que se establezca y adelante un criterio judicial sobre circunstancias futuras, extremo que resulta manifiestamente impertinente al exigir, en alguna medida, que el tribunal se expida en abstracto sobre cuestiones cuyos pormenores de momento desconoce”, contestó el tribunal que además sostuvo que el pedido de aclaración se hizo fuera de plazo.

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